Se precisan aspectos de la reglamentación del régimen de aportes y contribuciones previstos en convenios colectivos. Se establece que la base de cálculo comprende el salario básico convencional y las sumas remunerativas normales, habituales y de pago mensual, excluyendo conceptos como horas extras, SAC, plus vacacional, premios, bonos y sumas no remunerativas. Además, se dispone que las contribuciones y aportes a cargo de los empleadores deberán destinarse exclusivamente a fines sociales, asistenciales, previsionales o culturales, con administración separada de los demás fondos sindicales. Vigencia: 17/07/2026.
