Se incorpora al Sistema Integral de Recupero (SIR) el régimen de devolución de créditos fiscales de IVA para las empresas que realicen tareas de exploración minera, previsto en el artículo 14 bis de la Ley N° 24.196. Los beneficiarios deberán gestionar las solicitudes mediante el SIR, con validación técnica de la Secretaría de Minería, y podrán presentar hasta cuatro solicitudes por año calendario. La resolución establece los requisitos específicos para acceder al beneficio, incorpora el régimen como Anexo III de la RG N° 5.173 y resultará de aplicación obligatoria desde el período de solicitud marzo de 2026
