- Organismo emisor: Dirección General de Rentas de la Provincia de Salta.
- Fecha de dictado: 21 de julio de 2026.
- Vigencia: A partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
- Objeto: Digitaliza el procedimiento para solicitar compensaciones de saldos a favor en tributos provinciales e implementa el servicio “Compensaciones Web” y el nuevo Formulario F.651W.
Puntos clave:
- Nuevo canal digital:
Las solicitudes de compensación por pagos en exceso, indebidos o saldos a favor deben tramitarse obligatoriamente por internet mediante el servicio “Compensaciones Web” (ingresando con clave fiscal en www.dgrsalta.gov.ar). El sistema permite también realizar el seguimiento del trámite.
- Emisión del Formulario F.651W:
Se aprueba el nuevo comprobante F.651W, que genera el sistema automáticamente como acuse de recibo e inicio de trámite.
- Requisito excluyente:
Es condición indispensable tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) según la RG 11/2019 para poder iniciar la compensación.
- Notificaciones y Resolución:
Tanto la aprobación final como el eventual rechazo (con sus fundamentos) serán notificados al DFE del contribuyente.
- Excepción presencial (contingencia):
Ante fallas o imposibilidades técnicas demostradas, se permite realizar el trámite presencial en Mesa de Entrada mediante el formulario tradicional F.651 (físico), adjuntando la acreditación de personería/poder correspondiente.
¿Es útil esta norma?
Sí, es sumamente útil tanto operativa como administrativamente.
¿Por qué es útil?
- Agiliza el recupero de saldos a favor:
Elimina la burocracia del trámite presencial en papel para la mayoría de los casos, reduciendo significativamente los tiempos de gestión y respuesta del organismo recaudador.
- Transparencia y trazabilidad:
Al permitir el seguimiento en línea, los contribuyentes y contadores pueden conocer el estado del expediente sin tener que concurrir a la DGR ni enviar notas de pronto despacho a ciegas.
- Previene rechazos administrativos:
Es una alerta directa para verificar el Domicilio Fiscal Electrónico antes de iniciar la solicitud, evitando que la presentación sea rebotada por cuestiones formales.
- Mantiene una vía de contingencia:
Ofrece resguardo legal al mantener habilitado el canal presencial (formulario F.651 impreso) cuando existan problemas con la plataforma web, evitando la indefensión del contribuyente.
