¿SE PRORROGA LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL FAL?

El FAL pasó esta semana de ser una reforma conceptual a convertirse en un problema operativo inmediato para las empresas. La fecha vigente continúa siendo el 1° de noviembre, aunque el costo fiscal abrió la posibilidad de una nueva postergación. Mientras tanto, CNV está terminando de reglamentar los vehículos de inversión y todavía faltan normas de ARCA y Trabajo. Las empresas deberán elegir administradora, constituir una cuenta individual, obtener su ID FAL y adecuar Payroll/F.931. El fondo no sustituye la indemnización: sólo contribuye a financiarla y cualquier insuficiencia continúa a cargo del empleador. En el agro, además, queda pendiente definir específicamente su articulación con los Convenios de Corresponsabilidad Gremial.

Hay dos temas que creo que vale la pena profundizar inmediatamente para la presentación que estamos armando: (i) el circuito operativo completo empresa F.931/ARCA PIC FAL indemnización, y (ii) el tratamiento contable e impositivo del FAL, porque allí aparecen cuestiones bastante interesantes —deducción, activo/patrimonio de afectación, rendimientos exentos e IIBB— que prácticamente no hemos trabajado todavía.