REGLAMENTACIÓN DEL FONDO DE ASISTENCIA LABORAL (FAL)

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), mediante la Resolución General 5907/2026, reglamenta la determinación e ingreso de las contribuciones al Fondo de Asistencia Laboral (FAL).

La misma será del 2,5% para las MiPyMEs y entidades sin fines de lucro debidamente caracterizadas, y del 1% para los restantes empleadores privados alcanzados. Para aplicar la alícuota del 2,5%, las empresas deberán contar con Certificado MiPyME vigente y la correspondiente caracterización registral. 

La contribución se calculará automáticamente mediante “Declaración en línea”, se detraerá de determinadas contribuciones patronales a la seguridad social e integrará el Formulario 931. Asimismo, los empleadores deberán declarar su condición de públicos o privados y, los privados, informar y validar su “ID FAL”.

La Resolución entra en vigencia el 1° de noviembre de 2026 y se aplica a los períodos devengados desde noviembre de 2026.