Resolución general (AFIP) 5388 – (BO: 20.07.2023)

IMPUESTO A LAS GANANCIAS. MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES PARA LA DETERMINACIÓN E INGRESO DE ANTICIPOS DE GANANCIAS PARA LAS MIPYMES.

La AFIP establece que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas Tramo 1 y Tramo 2, a partir de los ejercicios iniciados en el mes de agosto de 2023, determinarán la totalidad de los anticipos del impuesto a las ganancias aplicando un 10%, sobre la base para determinar los mismos.

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BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA – ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS – Resolución General 5388/2023