En el mes de Julio los CUIT terminados en 6 ó 7 deben validar sus datos biométricos en AFIP.
La RG 5336/2023 extendió los plazos para que los contribuyentes y/o responsables que estuvieron eximidos de la obligación de registrar los datos biométricos en las dependencias del Organismo con motivo de la pandemia realicen el citado trámite.
Al respecto, la norma dispuso el siguiente cronograma:
Destacamos que el registro de los datos biométricos es un procedimiento obligatorio destinado a facilitar y garantizar la correcta identificación de las características únicas de cada persona.
¿Cómo se realiza el registro de los datos biométricos?
Guías Paso a Paso | AFIP – Administración Federal de Ingresos Públicos
Uno de los métodos para realizar la validación de los datos es mediante el uso de la aplicación móvil “Mi AFIP”.
Si la operación se realiza de esta manera no es obligatorio acercarse a una dependencia de la AFIP, ni tampoco requiere de confirmación ni aceptación de los datos en ninguna otra plataforma o modalidad.
Por otra parte, quienes hubieran solicitado o blanqueado la clave fiscal desde la app tampoco deberán realizar confirmación ni aceptación de datos.
Asimismo, quienes no puedan cumplir con la registración de los datos en forma virtual, podrán realizar el trámite de manera presencial en una dependencia de AFIP.
Al respecto, deberán solicitar un turno web para el trámite “Datos biométricos – Registro”.
Para que la registración quede validada, luego de la toma de datos, se deberá ingresar con clave fiscal al servicio “Aceptación de datos biométricos” para confirmar la foto y firma.