Devolución del IVA: la AFIP confirmó cuándo los bancos arrancan con el reintegro del 21%

La Administración Federal de Ingresos Públicos confirmó que los listados con el CUIT de los beneficiarios fueron enviados a las entidades financieras.

A partir de este viernes, se iniciarán las acreditaciones en las cuentas bancarias correspondientes a la devolución del 21% del Impuesto al Valor Agregado (IVA) sobre las compras realizadas dentro del programa “Compre sin IVA”. Así lo confirmó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Las autoridades oficiales confirmaron que los listados con los números de identificación tributaria (CUIT) de los beneficiarios ya fueron enviados a las entidades bancarias y entidades procesadoras. Esto permitirá vincular las cuentas bancarias con los CUIT y las billeteras virtuales adheridas, de manera que más de 21 millones de beneficiarios estén en condiciones de recibir este beneficio.

Cabe destacar que esta iniciativa gubernamental amplió el alcance del programa, incluyendo a los empleados en relación de dependencia con salarios inferiores a $708.000, así como a los monotributistas, quienes se suman a los jubilados y beneficiarios de planes sociales que ya recibían este beneficio.

Si bien el programa debía comenzar el lunes, faltaba un proceso de coordinación para que las entidades financieras pudieran acreditar el dinero en las cuentas de los beneficiarios. La AFIP ha confirmado que estos listados ya han sido entregados y que las entidades financieras se han comprometido a que el sistema de reintegro esté operativo a partir de mañana.

Cómo es el reintegro del IVA 

Para acceder al beneficio -que devolverá el 21% del IVA de estos productos- se deberá abonar con tarjeta de débito física de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o a través de pagos con débito con códigos QR.

Luego de la transacción, el monto será reintegrado a la cuenta bancaria asociada a dicha tarjeta en un máximo de 48 horas: dentro de las 24 horas para las compras realizadas entre las 0:00 y las 17 del mismo día, y dentro de las 48 horas para las realizadas después de las 17 horas.

Una vez realizados los reintegros, estos aparecerán en los resúmenes de cuenta de cada mes con el identificador “Reintegro programa Compre sin IVA”.

Se podrá acceder al beneficio en los comercios registrados ante la AFIP bajo 25 nomencladores de actividades económicas, incluyendo mayoristas, hipermercados, supermercados, minimercados, fiambrerías, almacenes, dietéticas, carnicerías, pescaderías, verdulerías, mercados y puestos móviles; y comercios alimenticios especializados.

¿Quiénes pueden acceder a Compre sin IVA?

Serán beneficiarios de “Compre sin IVA” los sujetos que perciban alguno de los siguientes conceptos, no excluyentes entre sí:

  • Jubilados, beneficiarios de pensiones por fallecimiento y no contributivas nacionales.
  •  Beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social. El monto total mensual de estos ingresos no deberá superar la suma de seis haberes mínimos garantizados.
  •  Beneficiarios de asignaciones por embarazo para protección social.
  • Trabajadores en relación de dependencia, siempre que el ingreso mensual no supere la suma de seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Para estos ingresos, se tomará a consideración la remuneración bruta devengada en el período fiscal vencido en el mismo mes que se envíe la información de los sujetos beneficiarios a las entidades administradoras de sistemas de tarjetas de débito. En caso de pluriempleo se considerará la sumatoria de las remuneratorias brutas.Para el mes en curso, se considerarán las remuneraciones informadas en el período de agosto 2023.
  • Personal de Casas Particulares.
  • Monotributistas, excepto que obtengan ingresos provenientes de conceptos comprendidos en el último párrafo del artículo 11 del anexo de la ley 24.977., allí hablaron, según se informó, Roberto Urquía (AGD), Juan José Blanchard (LDC), Pablo

Fuente: Iprofesional.com