Mercado Pago: ¿qué hace la AFIP si recibo una transferencia de mucho dinero?

Al realizar transacciones con montos muy elevados, pueden surgir dudas. ¿El fisco puede retener o quitarte tu dinero?, acá lo explicamos.

El entorno impositivo argentino ha llevado a los ciudadanos a explorar vías alternativas para llevar a cabo transacciones financieras sin llamar la atención de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). En medio de esta búsqueda de soluciones, las preocupaciones sobre posibles retenciones o reducciones por parte del Fisco en compras, ventas o transferencias de gran envergadura continúan siendo una constante.

Es importante subrayar que la AFIP no se limita ya únicamente a las cuentas bancarias tradicionales, sino que ha extendido su alcance a diversas formas de transacciones financieras, incluyendo billeteras virtuales, brokers financieros y plataformas de criptomonedas.

¿Qué hago si recibo una transferencia de mucho dinero a través de Mercado Pago?

En este contexto, la clave para llevar a cabo estas operaciones reside en determinar previamente si los fondos que se pretenden transferir o recibir están debidamente declarados. Cuando se recibe una transferencia de gran cuantía debidamente justificada, como por ejemplo, la venta de una propiedad, la provisión de productos o servicios facturados a un cliente o la venta de un vehículo, los titulares de cuentas no enfrentan obstáculos significativos. Aunque las entidades financieras o las billeteras virtuales pueden retener fondos de forma preventiva, al presentar la documentación respaldatoria de la transacción, los fondos pueden ser liberados sin contratiempos.

Sin embargo, los problemas surgen cuando la transferencia no se encuentra debidamente “justificada”, como en el caso de la venta informal de un artículo de alto valor, por ejemplo, un costoso teléfono móvil por un monto de 500.000 pesos. En situaciones de este tipo, existe un riesgo considerable de que la AFIP, en el caso de que el destinatario sea un contribuyente inscripto o monotributista, sospeche de evasión fiscal debido a la falta de facturación de esos fondos. Esta situación podría acarrear sanciones, multas e incluso la reclasificación del contribuyente si supera los límites establecidos por el régimen de monotributo.

Por otro lado, si el destinatario de los fondos no se encuentra registrado ante la AFIP, las entidades financieras o las billeteras virtuales pueden retener o rechazar la transferencia, solicitando una justificación adecuada de los fondos. De lo contrario, podrían proceder al cierre de la cuenta y a la presentación de un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) ante la Unidad de Información Financiera (UIF).

¿Cuánto dinero puedo transferir sin necesidad de declarar?

Hace algunos meses, la AFIP modificó los umbrales mínimos a partir de los cuales los bancos y las billeteras virtuales están obligados a informar sobre las operaciones y movimientos financieros de sus clientes en la plataforma de Mercado Pago.

En el caso de las transferencias realizadas o recibidas a través de la plataforma Mercado Pago o cualquier otra plataforma financiera que igualen o superen los $400,000, las mismas deberán ser informadas a la entidad recaudadora. Anteriormente, el umbral se situaba en $200,000 por transacción. Asimismo, se estableció la obligación de informar operaciones que cumplan con los siguientes criterios:

  • Ingresos y/o egresos totales durante el período de informe: iguales o superiores a $120,000.
  • Saldos al último día hábil del mes informado, iguales o superiores a $200,000.
  • Transferencias virtuales o bancarias: aquellas que alcancen o superen los $400,000 por transacción.

Este sistema de supervisión tiene como objetivo garantizar la coherencia entre los ingresos declarados por los contribuyentes y las transacciones efectuadas en la práctica. Las modificaciones realizadas por la AFIP buscan fortalecer su capacidad de supervisión y asegurar el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los ciudadanos. 

Fuente: Iprofesional.com