Adecuación de la reglamentación del régimen simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos.
La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires establece que las solicitudes de inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos de contribuyentes locales y su incorporación simultánea en el Régimen Simplificado, serán efectivas a partir del primer día del mes en el que tales solicitudes se formalicen, como también las altas de oficio (anteriormente era a partir del mes calendario inmediato posterior a aquel en que la solicitud se hubiere formalizado).