Resolución 3/2024 (BO 22.01.2024) – Ministerio de economía

Se fijan las tasas de interés a partir de Febrero 2024

Se establece una nueva metodología de cálculo para las tasas de interés resarcitorio y punitorio a partir de Febrero 2024:

  • Tasa de interés resarcitorio mensual: será de 1,3 veces la tasa activa efectiva mensual de descubiertos en cuenta corriente no solicitado previamente del Banco de la Nación Argentina, vigente el día 20 del mes inmediato anterior al inicio del bimestre.
  • Tasa de interés punitorio mensual: será de 1,5 veces la tasa activa efectiva mensual de descubiertos en cuenta corriente no solicitado previamente del Banco de la Nación Argentina, vigente el día 20 del mes inmediato anterior al inicio del bimestre.
  • Obligaciones de que se trate se encuentren expresadas en dólares: Sin modificaciones, resarcitorios 0,83% y punitorios 1%.

La tasa de interés diaria a aplicar resultará de dividir la tasa mensual que corresponda por 30. Y se actualizarán por bimestre.

Para la cancelación de las obligaciones cuyo vencimiento hubiera operado antes de la fecha de entrada en vigencia de esta resolución, se deberán aplicar los regímenes vigentes durante cada uno de los períodos que éstos alcancen.

Vigencia: 22-1-2024

Aplicación: 1-2-2024

 

Importante: Las tasas de interés serán publicadas al inicio de cada bimestre en el sitio web de la AFIP. 

Si desea acceder al texto de la normativa deberá hacer click en el siguiente link:

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/301982/20240122