Se debe a que el año pasado se hicieron correcciones de escalas y modo de calcular el impuesto por decreto a cuanta de una ley que no se sancionó.
Luego de que el Gobierno anunciara el retiro el paquete fiscal previsto para este año, para así facilitar la aprobación de la ley ómnibus, los asalariados que el año pasado estuvieron beneficiados por medidas que les permitieron dejar de pagar o pagar menos impuesto a la ganancias, ahora técnicamente están en deuda con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Se trata de las medidas dispuestas mediante los decretos 415 y 473 del 2023 mediante los cuales el Poder Ejecutivo modificó escalas y tratamiento impositivo de los salarios de ese grupo de personas, que por efecto de los mismos, dejó de pagar el tributo a la espera de una ley que convalidara los beneficios otorgados por el gobierno de entonces.
Tales correcciones nunca llegaron. Las modificaciones sobre lo que se denomina “cuarta categoría” que generaron el conflicto con los gobernadores que aprobaron una pérdida de recursos coparticipables, rigen para el período 2024. Lo que implica que el período 2023 quedó en el aire.
El decreto 415 de agosto del año pasado subió las escalas del Impuesto a las Ganancias para los asalariados en un 35%, alterando lo que dispone la ley, que es una actualización anual en base al índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables de octubre del año anterior. Llevó el piso a $700.875.
Luego, el decreto 473 es el que dispuso que a partir del segundo semestre del 2023 el mínimo no imponible y las escalas del impuestos se iban a determinar en 15 Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM). Lo cual hizo que las personas con salarios desde $1,8 millones comenzaran a tributar.
El tributarista Sebastián Domínguez señaló que ese grupo de trabajadores resulta perjudicado por el retiro del paquete fiscal anunciado por el ministro de Economía Luis Caputo.
Advierte que “no se ratifica por ley los aumentos de los tramos de las escalas dispuestas por el Decreto 415/2023 como tampoco el esquema del tratamiento de los sueldos de octubre, noviembre y diciembre 2023 establecido por el Decreto 473/2023”.
“Esto implica que los empleados pueden tener deudas de impuesto a las ganancias debido a que la ley no fue modificada y los decretos serían inconstitucionales”, señaló.
En declaraciones a Ámbito, Domínguez dijo que en el paquete fiscal de la ley ómnibus “había dos artículos que corregían esa situación” aunque sostiene que “es de esperar que lo corrijan” de algún modo.
El asesor tributario explicó que “cuando la AFIP ponga a disposición el aplicativo para presentar las declaraciones juradas del 2023, debería tener las escalas viejas porque las nuevas no están aprobadas y eso generaría una determinación de un impuesto que luego se elimina cuando aprueben la escala por ley”,
Por último, Domínguez señaló que todo ese manejo genera un problema de tipo administrativo y burocrático, tanto para los contadores como para la propia administración tributaria.
Fuente: Ámbito Financiero