El plazo se extiende hasta el 31 de julio de 2024.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), suspende hasta el 31 de julio de 2024, inclusive, la iniciación de juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares. La Resolución General será publicada en el Boletín Oficial y tendrá vigencia a partir del 1° de febrero.
La norma alcanza a las micro, pequeñas y medianas empresas – Tramo I y II -, pequeños contribuyentes, entidades sin fines de lucro y contribuyentes del sector salud.
Fuente: AFIP