Decreto 170/2024

LIBRE ELECCIÓN DE LA OBRA SOCIAL PARA TRABAJADORES QUE INICIAN UNA RELACIÓN LABORAL.

El Gobierno nacional oficializó este miércoles el decreto que desregula las obras sociales para los trabajadores que están en relación de dependencia tanto del sector público como del privado, con su publicación en el Boletín Oficial.

La libre elección podrá ejercerse por el plazo y de acuerdo con el procedimiento que determine la Autoridad de Aplicación el que nunca podrá ser superior a 1 año y se hará efectivo a partir del primer día del mes siguiente a la formalización de la solicitud. Vencido el plazo de 1 año, podrán volver a ejercer esa opción”

El plazo mínimo de permanencia no resultará aplicable para aquellos beneficiarios que, encontrándose afiliados a un Agente del Seguro de Salud, hayan elegido a una Entidad de Medicina Prepaga como prestadora de su cobertura médica. En este último supuesto podrán ejercer el derecho a la libre elección hacia esa misma Entidad de Medicina Prepaga.

El derecho a la libre elección no puede verse supeditado a ningún requisito no previsto en las Leyes 23.660 y 23.661.

Para acceder a la normativa haga click en el siguiente link:

BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA – OBRAS SOCIALES – Decreto 170/2024