Al haberse retirado el capítulo fiscal de la Ley Ómnibus donde se modificaba el Impuesto sobre los Bienes Personales, implica que el período fiscal 2023 deberá regirse por las disposiciones vigentes hasta el 31 de diciembre de 2023. Esto tiene un impacto significativo en los montos de mínimo no imponible y las alícuotas. Además, revive la posibilidad de repatriar activos financieros del exterior hasta marzo de 2024.
Autor: Dr. Alberto Mastandrea
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