Reglamentación del Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias Provinciales.
Se reglamenta el régimen de regularización excepcional de obligaciones tributarias provinciales prorrogado recientemente hasta el 31 de julio de 2024. -L. (Chaco) F-4002-.
Al respecto se modifican las fechas máximas de vencimiento de las obligaciones fiscales a incluir y se establece una nueva fecha para la consideración de las multas a condonar de acuerdo al siguiente detalle:
Ingresos brutos:
- Deudas por anticipos mensuales relacionados con períodos fiscales omitidos hasta el período fiscal febrero 2024, como contribuyente directo o por percepciones y/o retenciones no ingresadas;
- Deudas del Régimen Simplificado Provincial hasta el periodo fiscal marzo 2024
- Deudas surgidas por la omisión del pago a cuenta “Traslado de producción primaria” como contribuyente directo y/o responsable, por el ingreso de productos en la Provincia del Chaco o por el egreso de la producción primaria fuera de la misma, adeudados al 31/03/2024.
Sellos: Actos, contratos y operaciones formalizados hasta el 31/03/2024 como contribuyente directo o en calidad de agente de recaudación.
Asimismo, se establece que el beneficio de condonación de multas correspondientes a infracciones formales y materiales procederá cuando la infracción se haya cometido hasta el 31/03/2024, que las mismas no se encuentren firmes ni abonadas a la fecha de acogimiento al plan de pagos, y que se haya cumplido con la respectiva obligación formal y/o cancelación de la obligación relacionada con la infracción cometida antes de la fecha en que finalice el plazo para el acogimiento al presente régimen
Las presentes disposiciones comienzan a regir desde el 20/05/2024