Resolución (SB) 33/2024 / Boletín normativo / Por estudiotristan Se deroga la Resolución 73/1991 de la ex – JUNTA NACIONAL DE CARNES que establecía en todas las plantas faenadoras del país el horario de iniciación de sus faenas, de lunes a viernes entre las 4 hs. y CATORCE HORAS 14 hs.