Reglamentación del beneficio de otorgamiento de un crédito fiscal para los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos.
Se aprueba la aplicación informática denominada “Declaración de Inmuebles – Beneficio Artículo 28 Ley 14244”, mediante la cual los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos, que desarrollen las actividades comerciales y/o de servicios podrán informar, con carácter de Declaración Jurada, las partidas de una única explotación comercial donde desarrollen dichas actividades por las que gozarán del beneficio consistente en un crédito fiscal equivalente al 25% del Impuesto Inmobiliario efectivamente abonado del período fiscal 2024, el cual será aplicado al pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
En tanto, se establece que no se encuentran alcanzados por dicho beneficio quienes desarrollen las actividades mencionadas, vinculadas a las actividades primarias, de construcción e industriales.