En virtud de la decisión adoptada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Lacuadra, Jonatan Daniel c/DIRECTV Argentina S.A. y otros s/ despido”, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió dejar sin efecto la recomendación efectuada en la Resolución de Cámara Nº 3 dictada en el marco del Acta Nº2783/24.
Recordemos que en los autos “L., J. D. c/ Directv Argentina SA y otros s/ Despido” −del 13 de agosto de 2024− la Corte dejó sin efecto una sentencia que actualizaba un crédito laboral con el mecanismo CER + 6% anual de intereses, con una capitalización de intereses al momento de notificar la demanda.
En septiembre de 2022, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo propició un método de actualización en función de la capitalización anual de intereses; pero, en marzo de 2024, la Corte Suprema lo descalificó. En diciembre de 2023, el Gobierno decretó un tope del IPC + 3 %. Sin embargo, en enero de 2024, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo lo descalificó.
A partir de marzo de 2024, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo propició un nuevo método de actualización con el mecanismo CER + 6% anual de intereses, con una capitalización al momento de notificar la demanda. No obstante, el 13 de agosto del corriente, la Corte Suprema lo calificó de arbitrario porque consideró que el resultado era manifiestamente desproporcionado.