REIBP por los bienes regularizados

El servicio web de AFIP refleja la prórroga

Al ingresar al servicio web del Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP) por los bienes regularizados, ya se pueden visualizar las nuevas fechas correspondientes a las etapas prorrogadas. 

Al ingresar al servicio web del Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP) para los bienes regularizados, ya se pueden visualizar las nuevas fechas correspondientes a las etapas prorrogadas:

Los sujetos pueden adherir al REIBP por los bienes que regularicen en cada una de las etapas del Régimen de Regularización de Activos Título II – Ley 27.743, hasta la fecha límite de presentación de la declaración jurada correspondiente a cada una de esas Etapas. A estos efectos, deberá ingresarse el pago inicial del REIBP, hasta la fecha límite prevista para realizar la manifestación de adhesión y el pago adelantado obligatorio de cada una de las Etapas, considerando la totalidad de los bienes regularizados (artículo 28 inciso b) del Decreto 608/2024- modificado por el Decreto 773/2024-, y Decreto 864/2024).

 

El nuevo cronograma de fechas es el siguiente: