MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
Se otorga una Prórroga Automática Excepcional de CIENTO VEINTE (120) días corridos, los que se deberán comenzar a contar a partir de la fecha de vencimiento del período de embarque más la prórroga automática, a las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) registradas y vigentes dentro del régimen creado por la Ley Nº 21.453, que involucren a productos que no se exporten a granel (bolsas, bultos, etcétera) o en contenedores.
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