Bienes Personales. Tratamiento de la cuenta especial de regularización de activos

Las tenencias al 31/12/2024 en la cuenta especial de regularización de activos, para aquellos sujetos que no adhirieron al Régimen Especial de Ingreso del Impuesto Sobre los Bienes Personales (REIBP), serán de aplicación las disposiciones establecidas para los depósitos en caja de ahorros conforme lo indica el punto 7 de la Comunicación (BCRA) “A” 8062.

Atento a ello, los fondos depositados en dichas cuentas gozarán de la exención prevista en el inciso h) del artículo 21 del Título VI de la Ley 23.966 de Impuesto sobre los Bienes Personales, que dispensa del mencionado gravamen a “Los depósitos en moneda argentina y extranjera efectuados en las instituciones comprendidas en el régimen de la Ley 21.526, a plazo fijo, en caja de ahorro, en cuentas especiales de ahorro o en otras formas de captación de fondos de acuerdo con lo que determine el Banco Central de la República Argentina.”