Resolución SENASA 1278/2024

Aprueba el Sistema de Control de Aptitud de Carga de Bodegas de Buques y Barcazas para exportación de granos, sus productos y subproductos.

La nueva normativa se enmarca en las disposiciones de la Ley N° 27.233, que declara de interés nacional la sanidad de animales y vegetales, así como la prevención y erradicación de plagas y enfermedades que afecten la producción agropecuaria. SENASA, como autoridad de aplicación, es responsable de la implementación y seguimiento de estas políticas para proteger la cadena agroalimentaria.

La Resolución N° 1278/2024 introduce mejoras en los procesos de inspección de bodegas, buscando simplificar la operatoria y evitar la duplicación de controles. Estas modificaciones también permitirán una supervisión más efectiva y una evaluación de desempeño de las Entidades Certificadoras involucradas en el control de bodegas.

 

Principales Puntos de la Resolución

Aprobación del Sistema de Control de Bodegas: Se establece el nuevo sistema de control para las bodegas de buques y barcazas, que incluye la verificación obligatoria antes de la carga de mercadería destinada a la exportación. Regulación de Entidades Certificadoras: Se introducen cambios en la normativa aplicable a las entidades encargadas de certificar la aptitud de las bodegas, con el fin de garantizar la transparencia y eficiencia en el comercio internacional.  Supervisión y Selección de Buques: Se aprueban procedimientos específicos para la selección y supervisión de buques, ajustando los criterios de inspección y ampliando plazos para garantizar el cumplimiento de los estándares requeridos. Mesa de Trabajo Público-Privada: Se mantiene la Mesa de Trabajo, creada previamente, para dar seguimiento a la implementación y mejoras del sistema de control. Inscripción en el RITE: Se establece la obligatoriedad de inscripción de las Entidades Certificadoras en el Registro de Integridad y Transparencia para Empresas y Entidades (RITE), asegurando el cumplimiento de estándares éticos en sus operaciones. Incorporación al Digesto Normativo de SENASA: La resolución se suma al Digesto Normativo del SENASA, permitiendo su consulta y aplicación en los términos establecidos.

 

Sanciones y Vigencia

El incumplimiento de esta normativa estará sujeto a sanciones según la Ley N° 27.233 y su Decreto Reglamentario. La resolución entrará en vigor a partir de su publicación en el Boletín Oficial, con efectos inmediatos en puertos fluviales y marítimos de todo el país.

Con estas medidas, SENASA busca fortalecer la competitividad de la agroindustria argentina en los mercados internacionales, asegurando la calidad e inocuidad de los productos exportados.