El cambio de autoridades en una Sociedad Anónima, ¿Cómo se debe informar ante AFIP?
Cuando una sociedad cambia a su representante legal, debe realizar dos trámites ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para notificar dicha modificación.
Primero, la nueva autoridad de la sociedad deberá vincular su clave fiscal con la persona jurídica para poder actuar como administrador de relaciones, a través del servicio “Presentaciones Digitales”, seleccionando el trámite “Vinculación de clave fiscal Personas jurídicas”.
Una vez designado el nuevo administrador de relaciones, éste deberá ingresar con su clave fiscal, en representación de la sociedad, al servicio “Inscripción y Modificación de Personas Jurídicas”, desde donde se informarán los datos del cambio de autoridades y cualquier otro cambio que corresponda actualizar.
En la presentación digital se deberá indicar:
CUIT de la persona jurídica.
CUIT/CUIL/CDI del administrador de relaciones.
Adjuntar lo siguiente:
– Documentación que acredite la identidad del representante legal:
Argentinos nativos o naturalizados: imagen escaneada del documento nacional de identidad (frente y reverso), libreta cívica o libreta de enrolamiento.
Extranjeros que poseen documento nacional de identidad: imagen escaneada del documento nacional de identidad (frente y reverso) y del documento de identidad del país de origen, pasaporte o cédula del MERCOSUR (de tratarse de un país miembro).
Extranjeros con residencia en el país -incluida la temporaria o transitoria- que no posean documento nacional de identidad: frente y dorso de la cédula de identidad, o del certificado o comprobante que acredite el número de expediente asignado por la Dirección Nacional de Migraciones, donde conste el carácter de su residencia.
– Normas que regulan el funcionamiento -contrato social, estatuto, etc.- de la persona jurídica.
– Documentación que lo acredite como representante legal de la entidad respectiva -acta de asamblea, sentencia judicial, etc.-.
– De tratarse de representación legal plural, la designación deberá realizarse mediante nota certificada. En caso de sociedades regulares, la designación del cargo debe estar inscripta ante el Registro Público de Comercio Competente.
La documentación que se adjunta, se debe presentar en archivos digitales legibles, estar suscripta por el responsable y certificada -mediante la utilización de la firma digital- por escribano público o, de corresponder, por el organismo de contralor competente.
En casos especiales o cuando circunstancias particulares lo justifiquen, la dependencia interviniente podrá requerir y/o aceptar otros documentos o comprobantes.