Régimen de Factura de Crédito Electrónica MIPYMES: prórroga de plazos a partir de noviembre.
Se establece que, desde el 1° de noviembre 2024 hasta el 31 de octubre de 2025, serán de VEINTIÚN (21) días corridos los plazos:
– Para la aceptación tácita en caso de que el receptor no la hubiese aceptado o rechazado
– El rechazo de la factura de crédito electrónica MiPyMEs ocasionado por las causales previstas en los incisos a) al f) del artículo 8 de la Ley N° 27.440.