La presentación se deberá realizar entre el 12 y el 14 de mayo, mientras que el pago se deberá realizar entre el 13 y el 15 del mismo mes
La ARCA publicó en su página web los vencimientos para realizar la presentación y el pago de las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias de personas humanas del período fiscal 2024
Al respecto, las personas humanas deberán realizar la presentación de las declaraciones juradas, dependiendo de la terminación del número de la CUIT, en las siguientes fechas:
CUIT 0, 1, 2 y 3: 12/5
CUIT 4, 5 y 6: 13/5
CUIT 7, 8 y 9: 14/5
Asimismo, el pago lo deberán realizar en las siguientes fechas:
CUIT 0, 1, 2 y 3: 13/5
CUIT 4, 5 y 6: 14/5
CUIT 7, 8 y 9: 15/5
La resolución general (AFIP) 5592 dispusó que la presentación y pago de las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias de las personas humanas efectuarse durante el mes de mayo del año siguiente al del período fiscal que se declara, según el cronograma de vencimientos que se establezca para cada año fiscal.
¿Quiénes deben presentar la declaración jurada?
- Quienes se encuentren inscriptos en el gravamen, aun cuando no se determine materia imponible sujeta a impuesto por el período fiscal.
- Aquellos que les corresponda la liquidación del impuesto por darse los presupuestos de gravabilidad que las normas establecen, aun cuando no hubieran solicitado el alta con anterioridad al vencimiento fijado para cumplir con la obligación de determinación e ingreso. Igual obligación rige para los administradores de las sucesiones indivisas por las ganancias obtenidas por las mismas.