Compartimos el texto del proyecto de ley anti-percepciones y retenciones en el sistema bancaria. El objetivo principal es limitar los excesos en los regímenes de retenciones y percepciones fiscales.
Así el artículo 2° del proyecto establece que:
Toda normativa para dictar por la Administración Pública Nacional, sus organismos descentralizados, como así también por parte de las provincias, municipios y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y de cualquier otro organismo estatal, deberá ser conforme a la Ley Nacional de Entidades Financieras, Ley Nº 21.526, sus concordantes y modificatorias, las regulaciones bancarias a nivel nacional y todas las normas que se dicten en su consecuencia. No podrá facultarse a las premencionadas a efectuar detracciones por sí o por intermedio de agentes de recaudación, directa o indirectamente, en concepto de supuestos adelantos tributarios.
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