CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO

Aportes y contribuciones. Limitaciones

El Poder Ejecutivo Nacional, mediante Decreto 149/2025, prohíbe la imposición forzosa de aportes, contribuciones o cualquier otro tipo de carga económica, mediante Convenciones Colectivas de Trabajo, en beneficio de las cámaras, asociaciones o agrupaciones de empleadores, a cargo de no asociados o afiliados a dichas entidades. Dichas cargas podrán ser aceptadas voluntariamente.

Asimismo, establece que la imposición en curso o la aceptación, podrá ser revocada libremente en cualquier oportunidad.