EXPORTACIONES DE BIENES Y SERVICIOS.
Se deja sin efecto la modalidad Dólar Blend
El Poder Ejecutivo, por medio del Decreto 269/2025, se procede a derogar el Decreto 28/2023, el cual regulaba la modalidad por la cual debían liquidarse los ingresos obtenidos por exportaciones de servicios y mercaderías.
Hasta su derogación, los exportadores debían ingresar el país las divisas, y negociarlas en un 80% a través del MLC, y por el 20 % restante, concretar operaciones de compraventa con valores negociables adquiridos con liquidación en moneda extranjera y vendidos con liquidación en moneda local.
Con esta modificación, se establece que las exportaciones de servicios se regirán por las disposiciones generales establecidas en el Decreto 609/2019, mientras que las exportaciones de mercaderías efectuarán el pago de los derechos, tributos y demás conceptos en los términos, plazos y condiciones que establece la normativa vigente, correspondiéndoles la alícuota del Derecho de Exportación (D.E.) respectivo.