El Banco Central de la República Argentina (BCRA), a través de la Comunicación A 8331/2025, establece nuevas condiciones para el acceso al mercado de cambios en operaciones de repatriación de inversiones y adquisición de empresas.
Se amplía la aplicación del punto 3.13.1.10 del texto ordenado sobre Exterior y Cambios. En materia de repatriaciones directas de no residentes, será aplicable a la compra de empresas residentes de todos los sectores, salvo entidades financieras o sus controlantes.
Se autoriza el acceso al mercado para residentes que compren el 100% del capital de una empresa no residente que sólo posea participación en una empresa local, con compromiso de cambiar su residencia a Argentina en 12 meses, no girar utilidades hasta entonces y liquidar divisas si se revende a un no residente.
También se permite, a los fines de la repatriación de inversiones vinculadas a concesiones de recursos naturales si se financian con deuda externa de al menos cuatro años, se transfiere al menos el 10% de participación y se presenta documentación de la operación o Declaración Jurada en un plazo de 60 días.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/331823/20250923
