Declaración jurada de ganancias simplificada

El Poder Ejecutivo Nacional estableció un régimen simplificado para la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente a períodos fiscales iniciados a partir del 1° de enero de 2025. 

La declaración deberá confeccionarse en función de la información disponible en los sistemas de ARCA, así como por la que suministren oportunamente los contribuyentes, responsables y/o terceros. 

Para el vencimiento general de mayo de 2026, los sujetos alcanzados podrán optar por esta modalidad simplificada. La adhesión podrá realizarse hasta el día inmediato anterior al primer vencimiento general previsto para la presentación de la declaración jurada del período fiscal correspondiente. 

Hacemos un repaso del régimen, en función de las normas dictadas hasta el momento, dado que aún se espera la emisión de disposiciones reglamentarias adicionales que brinden mayor precisión operativa y definan aspectos pendientes de implementación.