Se declaró nulo un acuerdo de rescisión por mutuo consentimiento

Causa: «V., C. H. c/ Juncadella S.A.»

  1. El Hecho Principal

El trabajador y la empresa habían firmado un acuerdo de rescisión laboral por mutuo consentimiento (art. 241 de la Ley de Contrato de Trabajo) ante un escribano público. A cambio, el trabajador recibió una suma de dinero similar a una indemnización. Tiempo después, el empleado demandó alegando que dicho acuerdo fue, en realidad, un despido encubierto.

  1. El Argumento Central del Tribunal

La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo invalidó el acuerdo basándose en los siguientes puntos:

  • Fraude a la Ley: El tribunal consideró que el uso del art. 241 LCT fue una maniobra para eludir la prohibición de despidos vigentes durante la pandemia (decretos de necesidad y urgencia).
  • Vicio de la Voluntad: Se determinó que no hubo una verdadera intención del trabajador de extinguir el vínculo, sino que fue «invitado» a firmar bajo la presión del contexto económico y la amenaza de una pérdida mayor.
  • Irrenunciabilidad: Al ser la suma pagada equivalente a una indemnización por despido, la justicia entiende que se intentó disfrazar la ruptura para evitar las sanciones legales (como la duplicación indemnizatoria si correspondía en ese momento).
  1. La Resolución

La Cámara declaró la nulidad del acuerdo de rescisión y condenó a la empresa a pagar las indemnizaciones correspondientes a un despido sin causa, descontando el pago que ya se había realizado en la escribanía (pago a cuenta).

Consideraciones Legales Relevantes

Este fallo refuerza la postura de que la firma ante escribano no vuelve «intocable» a un acuerdo si se demuestra que el consentimiento estuvo viciado o que el objetivo era vulnerar normas de orden público laboral.

Nota: La justicia laboral suele ser muy estricta con los acuerdos del Art. 241 LCT cuando estos ocurren en forma contemporánea a crisis del sector o cuando no hay una ventaja real para el trabajador más que recibir lo que ya le correspondería por ley.