Resolución Normativa ARBA 9/2026

Procedimiento de registración de beneficios del Régimen Provincial de Inversiones Estratégicas

La Resolución Normativa ARBA 9/2026 establece el procedimiento para el registro, en sus bases de datos, de los beneficios fiscales otorgados en el marco del Régimen Provincial de Inversiones Estratégicas creado por la Ley 15.510 y reglamentado por el Decreto 2731/2025. 

Procedimiento de registración de beneficios del Régimen Provincial de Inversiones Estratégicas

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), a través de la Resolución Normativa 9/2026, estableció el procedimiento para el registro, en sus bases de datos, de los beneficios fiscales otorgados en el marco del Régimen Provincial de Inversiones Estratégicas creado por la Ley 15.510 y reglamentado por el Decreto 2731/2025.

La norma dispone que la ARBA registrará en sus sistemas los beneficios impositivos —exenciones parciales en Ingresos Brutos, Inmobiliario y Sellos, así como la estabilidad fiscal— exclusivamente en función de la información que le remita el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, en su carácter de Autoridad de Aplicación del régimen.

Se aclara expresamente que los contribuyentes no podrán tramitar directamente ante la ARBA el reconocimiento de tales beneficios.

Efectos en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos

Los beneficios otorgados serán considerados por la ARBA al momento de calcular y asignar las alícuotas de recaudación en los distintos regímenes de percepción y retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, lo que permitirá adecuar las retenciones en función de las exenciones reconocidas.

Para que el beneficio sea registrado en este tributo, el sujeto deberá encontrarse debidamente inscripto en el impuesto.

Intercambio de información y control

La comunicación entre el Ministerio y la ARBA se realizará mediante mecanismos digitales establecidos por el organismo recaudador.

Asimismo, se regula el procedimiento mediante el cual el Ministerio podrá consultar la existencia de deudas exigibles de los contribuyentes en los impuestos Inmobiliario, Automotor e Ingresos Brutos.

La Agencia de Recaudación mantiene, en todo caso, sus facultades de fiscalización, verificación y control respecto del cumplimiento de las obligaciones tributarias.