Resolución (Min. Bioagroind. Cordoba) 77/2026

Resolución (Min. Bioagroind. Cordoba) 77/2026

Rectificación de las pautas de prórroga y exención impositiva para productores en estado de emergencia o desastre agropecuario

Bol.Oficial: 04/03/2026



Esta normativa es clave para los productores cordobeses que están lidiando con las inclemencias climáticas. Básicamente, la Resolución 77/2026 del Ministerio de Bioagroindustria actúa como una «corrección de rumbo» para asegurar que los beneficios fiscales lleguen de manera clara y efectiva.





 ¿De qué trata la Resolución 77/2026?

 

El objetivo central es la rectificación de las pautas para acceder a la prórroga o exención impositiva. Se enfoca en los productores afectados por eventos adversos (sequía, granizo, inundaciones, etc.) durante el ciclo productivo 2026.

Puntos Clave:

  • Impuestos Alcanzados: Se aplican modificaciones sobre el Impuesto Inmobiliario Rural y las contribuciones al Fondo de Desarrollo Agropecuario (FDA).
  • Estado de Emergencia vs. Desastre: * Emergencia: Generalmente implica una prórroga (se posterga el pago).
    • Desastre: Implica una exención (se libera del pago) debido a la gravedad de las pérdidas.
  • Actualización de Normas: No es una ley nueva, sino una modificación de la normativa vigente para ajustar cómo se procesan estos beneficios, buscando evitar errores administrativos en la aplicación de los descuentos o postergaciones.

Datos Administrativos:

  • Jurisdicción: Provincia de Córdoba.
  • Vigencia: A partir de su publicación en el Boletín Oficial (04/03/2026).
  • Organismo de Aplicación: Ministerio de Bioagroindustria de Córdoba.


Nota Importante: El  productor,  para acceder a estos beneficios suele ser requisito indispensable contar con el Certificado de Emergencia o Desastre Agropecuario emitido a través de la plataforma Ciudadano Digital (CiDi).