Claves de un fallo contra ARBA: La importancia del remito tradicional frente a un control fiscal

El Tribunal redujo al mínimo legal (equivalente al 20% del valor de la mercadería) la multa que la Agencia de Recaudación de Buenos Aires (ARBA) le había impuesto a la empresa ENOD S.A. por transportar bienes sin el Código de Operación de Traslado (COT) o Remito Electrónico obligatorio, violando el artículo 41 del Código Fiscal.

​El Remito «R» como atenuante: Aunque la falta de COT es una infracción, la empresa exhibió remitos tradicionales tipo «R» durante el control. Estos documentos detallaban la mercadería, su identificación, los datos del transporte y el destino. El Tribunal consideró que, si bien esto no anula la infracción (no es un eximente), sí funciona como un fuerte atenuante porque demuestra que no había una ocultación total.

​Principio de Proporcionalidad: El fallo resalta que las multas deben ser coherentes y guardar una relación razonable entre el fin de la ley y el medio utilizado. Castigar con la sanción máxima a quien tiene documentación parcial (remito pero sin COT) sería desproporcionado.

​La función del COT: Se aclara que el COT no es una «formalidad caprichosa». Su objetivo es permitir que ARBA controle el flujo de mercaderías en la provincia para evitar la evasión.

​Conducta de la empresa (Reincidencia): El Tribunal no eliminó la multa por completo debido a que ENOD S.A. ya contaba con antecedentes firmes por la misma infracción. Esto demostró una conducta reiterada y negligente, y no una simple omisión accidental.

El fallo sienta un criterio importante: ante la falta de COT, la presencia de remitos tradicionales (que permitan identificar la carga y su destino) debe ser valorada por la autoridad para graduar la multa hacia el mínimo legal, siempre y cuando se respete la proporcionalidad de la pena.