Resolución General (DGR Salta) 8/2026

  • Organismo emisor: Dirección General de Rentas de la Provincia de Salta.
  • Fecha de dictado: 21 de julio de 2026.
  • Vigencia: A partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
  • Objeto: Digitaliza el procedimiento para solicitar compensaciones de saldos a favor en tributos provinciales e implementa el servicio “Compensaciones Web” y el nuevo Formulario F.651W.

Puntos clave:

  1. Nuevo canal digital:

Las solicitudes de compensación por pagos en exceso, indebidos o saldos a favor deben tramitarse obligatoriamente por internet mediante el servicio “Compensaciones Web” (ingresando con clave fiscal en www.dgrsalta.gov.ar). El sistema permite también realizar el seguimiento del trámite.

  1. Emisión del Formulario F.651W:

Se aprueba el nuevo comprobante F.651W, que genera el sistema automáticamente como acuse de recibo e inicio de trámite.

  1. Requisito excluyente:

Es condición indispensable tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) según la RG 11/2019 para poder iniciar la compensación.

  1. Notificaciones y Resolución:

Tanto la aprobación final como el eventual rechazo (con sus fundamentos) serán notificados al DFE del contribuyente.

  1. Excepción presencial (contingencia):

Ante fallas o imposibilidades técnicas demostradas, se permite realizar el trámite presencial en Mesa de Entrada mediante el formulario tradicional F.651 (físico), adjuntando la acreditación de personería/poder correspondiente.

¿Es útil esta norma?

Sí, es sumamente útil tanto operativa como administrativamente.

¿Por qué es útil?

  1. Agiliza el recupero de saldos a favor:

Elimina la burocracia del trámite presencial en papel para la mayoría de los casos, reduciendo significativamente los tiempos de gestión y respuesta del organismo recaudador.

  1. Transparencia y trazabilidad:

Al permitir el seguimiento en línea, los contribuyentes y contadores pueden conocer el estado del expediente sin tener que concurrir a la DGR ni enviar notas de pronto despacho a ciegas.

  1. Previene rechazos administrativos:

Es una alerta directa para verificar el Domicilio Fiscal Electrónico antes de iniciar la solicitud, evitando que la presentación sea rebotada por cuestiones formales.

  1. Mantiene una vía de contingencia:

Ofrece resguardo legal al mantener habilitado el canal presencial (formulario F.651 impreso) cuando existan problemas con la plataforma web, evitando la indefensión del contribuyente.