La Comisión Nacional de Valores publicó la Resolución General N.º 1158, mediante la cual implementa el sistema de Trámites a Distancia —TAD— para la gestión de requerimientos de información y documentación vinculados con investigaciones y supervisiones en materia de Prevención del Lavado de Activos, la Financiación del Terrorismo y la Financiación de la Proliferación —PLA/FT/FP—.
La medida entrará en vigencia el 10 de agosto de 2026 y alcanza a:
- Los Sujetos Obligados ante la UIF que actúan en el ámbito del mercado de capitales, entre ellos los Agentes de Liquidación y Compensación (incluidos agro) —ALyC— y los Agentes de Negociación —AN— (incluidos RUCA).
- Los restantes sujetos registrados ante la CNV.
A partir de su entrada en vigencia, la CNV podrá cursar los requerimientos a los Oficiales de Cumplimiento y a los sujetos registrados mediante los domicilios electrónicos declarados en la Autopista de la Información Financiera —AIF—. Las respuestas a dichos requerimientos deberán presentarse exclusivamente a través de la plataforma TAD.
Asimismo, cuando la CNV lo requiera, los Oficiales de Cumplimiento y los restantes sujetos registrados deberán constituir un domicilio especial electrónico en TAD. En dicho domicilio serán válidas las comunicaciones y notificaciones efectuadas por el organismo.
Cabe señalar que la resolución no establece la obligación general e inmediata de constituir un nuevo domicilio electrónico para todos los agentes. Esta obligación resultará aplicable cuando sea requerida por la CNV. Sin perjuicio de ello, recomendamos adoptar preventivamente las siguientes medidas:
- Verificar que los correos electrónicos declarados en la AIF se encuentren actualizados, activos y sean monitoreados regularmente.
- Comprobar el acceso y las autorizaciones necesarias para operar mediante TAD.
- Establecer responsables titulares y suplentes para la revisión de las comunicaciones recibidas.
- Implementar un circuito interno para registrar, derivar y responder los requerimientos dentro de los plazos indicados por la CNV.
- Conservar las constancias de presentación, archivos remitidos y acuses emitidos por la plataforma.
La implementación de este nuevo procedimiento busca agilizar la interacción entre la CNV y los sujetos regulados y fortalecer la trazabilidad de los requerimientos relacionados con PLA/FT/FP.
Sugerimos a los agentes CNV a revisar sus accesos, domicilios electrónicos y procedimientos internos antes del 10 de agosto de 2026.
