El 6 de agosto de 2026 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución N° 425/2026 del Instituto Nacional de Semillas (en adelante, la “Resolución”) que busca actualizar el Sistema de Gestión del Organismo para incorporar y digitalizar el trámite de inscripción de semillas de cultivares, apuntando a eliminar formularios físicos, disminuir tiempos de procesamiento, aportar transparencia y mejorar la trazabilidad.
A través de la Resolución, se autoriza formalmente la inscripción de lotes de producción de semillas de cultivares que se encuentren tramitando su inscripción en el Registro Nacional de Cultivares de la Dirección Nacional de Registro de Variedades. Dicha solicitud deberá tramitarse a través del Sistema de Gestión y podrá ser presentada únicamente por el titular del expediente, indicando la denominación del cultivar tal cual figura en la presentación original para el trámite de inscripción.
Asimismo, la presentación del lote deberá cumplir con los procedimientos y condiciones establecidas para la especie de que se trate y ajustarse estrictamente a los pasos previstos en el Anexo III de la Resolución INASE N° 42/2000 y sus modificatorias.
Transcurrido el ciclo de cultivo y mientras no finalice el proceso de inscripción ante el Registro Nacional de Cultivares, el solicitante podrá reservar la producción obtenida mediante la opción denominativa «Carrie», lo cual le posibilitará su comercialización en la campaña siguiente.
Sin embargo, la norma prohíbe la solicitud de Documentos de Autorización de Venta (DAV), así como la realización de cesiones de lotes o de producción, hasta tanto el trámite de registro concluya y el cultivar se encuentre efectivamente publicado en el Catálogo Nacional de Cultivares.
Por otra parte, se establece en dos (2) años el período máximo en el que un cultivar podrá permanecer bajo el régimen de «Carrie». Transcurrido dicho plazo sin haber concluido el registro, la semilla deberá ser obligatoriamente descartada, disposición de la que quedan exceptuadas únicamente las especies de multiplicación agámica.
La Resolución entró en vigencia a partir del 6 de agosto de 2026.
Fuente: www.abogados.com.ar
