DESTINACIONES DE EXPORTACIÓN. Actualización del procedimiento para la rectificación y rehabilitación

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero, a través de la Resolución General 5891/2026, introduce modificaciones al procedimiento aplicable a las destinaciones de exportación, permitiendo a los exportadores solicitar la rectificación de campos clave de la destinación, como la fecha de vencimiento del embarque, aduana de salida o vía de transporte, a través del Sistema Informático de Trámites Aduaneros (SITA).

Se destaca la celeridad en la tramitación: las gestiones de rectificación cuentan con un plazo máximo de resolución de 3 horas desde que se registran como “INICIADO”