El Instituto Nacional de Semillas (INASE) y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializaron la Resolución INASE N.º 475/2026, mediante la cual se implementa la Carta de Porte de Semillas. Esta medida unifica el amparo del transporte físico y fiscal de simientes bajo un entorno digital conjunto, alineando la trazabilidad registral de variedades con el control de tránsito de granos y subproductos.
Objetivos y funcionamiento del nuevo esquema
- Ventanilla unificada: Se integran las validaciones de identidad varietal del INASE con los sistemas de control de tránsito de ARCA, eliminando duplicidad de trámites y superposición de fiscalizaciones en ruta.
- Trazabilidad digital: La emisión del documento valida en tiempo real la categoría, el lote y el estado registral del material previo a autorizar el traslado.
- Derogación de regímenes anteriores: Sustituye de forma progresiva las autorizaciones manuales y regímenes documentales previos para el movimiento interjurisdiccional e intrapredial de semillas fiscalizadas e identificadas.
Cronograma de implementación
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Fecha |
Alcance y efectos normativos |
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1° de octubre de 2026 |
Habilitación operativa: Comienza a ser válida para todas aquellas especies cuya producción de grano ya exigía Carta de Porte Electrónica. |
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1° de diciembre de 2026 |
Obligatoriedad plena y caducidad: Pasa a ser de uso estricto para especies con declaración en SISA con apertura por variedad. A partir de este día queda derogado y sin validez el tradicional Anexo I de INASE. |
Especies alcanzadas por apertura varietal en SISA
La obligatoriedad de diciembre impacta de lleno en las principales cadenas agrícolas donde la fiscalización y el uso propio exigen discriminación varietal:
- Soja
- Trigo
- Algodón
- Maní
- Garbanzo
- Arveja
- Cebada
- Arroz
Exclusiones y puntos críticos de control
- Material no autorizado: La Carta de Porte de Semillas no es aplicable a semillas de carácter experimental, ensayos pre-comerciales ni variedades que no cuenten con inscripción definitiva o trámite habilitante en el Registro Nacional de Cultivares (RNC). Estos traslados continuarán rigiéndose por las autorizaciones específicas y permisos especiales de circulación del INASE.
- Impacto operativo en empresas y cooperativas: Los semilleros, procesadores, distribuidores y productores deberán verificar que sus stocks declarados, lotes y variedades coincidan de manera exacta en los padrones de ambos organismos para evitar bloqueos de emisión sistémica en plataforma.
