Los intereses por deudas impositivas se actualizan periódicamente para que los contribuyentes no se financien con AFIP. ¿Cómo evolucionaron?
La suba de tasas que imprime el Banco Central en la economía no sólo encarece el crédito, sino que también afecta a los deudores de impuestos, ya que los intereses por deudas con AFIP se elevan trimestralmente con la tasa para plazos fijos del Banco Nación.
Hasta 2019, las tasas de los intereses resarcitorios y punitorios por las deudas con la AFIP eran establecidas por la Secretaría de Hacienda, en forma arbitraria y unilateral, explicó Daniel M. Pérez, de Marcela A. Fiocco, Daniel M. Pérez & Asoc.
La evolución de la tasa de interés por recargos de AFIP
Durante mucho tiempo, esa tasa para calcular los recargos de los pasivos impositivos y previsionales fue de un 3% mensual, aclaró.
Sin embargo, desde 2019, una resolución estableció que las alícuotas por los intereses resarcitorios y punitorios se actualicen en forma trimestral, como sigue:
- Equivalente 1,2 veces la tasa nominal de depósitos a 180 en pesos de Banco Nación.
Como el BCRA elevó primero a 48% la tasa y ahora ya está en 53%, la alícuota de los recargos por deudas con la AFIP también subió, aunque en menor medida, ya que en el Banco Nación siempre es algo inferior, precisó Pérez.
El detalle de la evolución de las tasas de interés en lo que va del año
En concreto, las tasas mensuales por los intereses resarcitorios se incrementaron de la siguiente forma en lo que va del año:
- 1/10/2020 hasta 31/12 alícuota de 3,02%
- 1/1/2022 hasta 31/2/2022 alícuota de 3,35%
- 1/4/2022 hasta 30/6/2022 alícuota de 3,72%
- 1/7/2022 hasta 30/9/2022 alícuota de 4,25%
Y la tasas mensuales de los interes punitorios aumentaron según la siguiente enumeración:
- 1/10/2020 hasta 31/12/2020 alícuota de 3,71%
- 1/1/2022 hasta 31/3/2022 alícuota de 4,11%
- 1/4/2022 hasta 30/6/2022 alícuota de 4,56%
- 1/7/2022 hasta 30/9/2022 alícuota de 5,19%
Marcelo D. Rodríguez, de MR Consultores, explicó que esta medida se tomó para que la alícuota de los recargos de la AFIP siguieran el incremento por la inflación y la tasa de interés de mercado, de modo tal que el organismo recaudador no sea una forma de financiamiento de las empresas.
Sebastián Domínguez, de SDC Asesores Tributarios, también resaltó que en 2019 el cálculo de la tasa se modificó con la Resolución 598/2019, que establece:
“La tasa de interés resarcitorio mensual, vigente en cada trimestre calendario, será la efectiva mensual equivalente a 1,2 veces la tasa nominal anual canal electrónico para depósitos a plazo fijo en pesos a 180 días del Banco de la Nación Argentina vigente el día 20 del mes inmediato anterior al inicio del referido trimestre”.
Del mismo modo se estableció el cálculo del interés punitorio o multa.
FUENTE: Iprofesional.com