Modificación del régimen de importación de mercaderías a través de couriers.
Se adecua la limitación para la importación de mercaderías que ingresen al país a través del servicio de couriers destinadas a operadores inscriptos en el “Registro de Empresas MiPyMES”.
En tal sentido se establece que, siempre que se trate de insumos y mercaderías necesarias para favorecer la producción de aquellos bienes inherentes al sector productivo implicado, el valor FOB de las mercaderías no deberán exceder de 3.000 dólares por vuelo.
Señalamos que las presentes disposiciones resultarán de aplicación de acuerdo con el cronograma de implementación que estará disponible en el micrositio “Envíos Internacionales” del sitio web de AFIP.