AFIP PERMITE SOLICITAR DEVOLUCIÓN PERCEPCIONES RG 4815 SIN PRESENTAR LA DDJJ DE GANANCIAS NI DEVOLUCIÓN RG 2224

Durante el 2022, aquellos contribuyentes que quisieron solicitar la devolución de las percepciones de la RG 4815 pero que por su condición particular (Ej. Ser jubilado / Empleado y haber sufrido retenciones de Ganancias en 2021) el servicio “F. 1746 – Solicitud de Devolución RG 4815” no les permitía solicitar la devolución, mostrando un cartel de “Error de validación” como el siguiente:

Hasta el momento la única opción que tenían estos contribuyentes era presentar la DDJJ de Ganancias del período 2021 y posteriormente realizar el procedimiento de devolución de la RG 2224.

Recordemos que AFIP dentro del ABC de consultas frecuentes respondió para estos casos:

ID 26091173 Los y las empleados/as en relación de dependencia, jubilados/as y pensionados/as que sufrieron retenciones del Impuesto a las Ganancias durante el año 2020 y percepciones de la Resolución General AFIP N° 4815/2020 por un monto superior al retenido ¿Pueden informarlas en el SiRADIG? 26/03/2021 12:00:00 a.m.

Sí. En ese caso, deberá inscribirse en el Impuesto a las Ganancias, presentar la correspondiente declaración jurada exteriorizando el saldo a favor. El mismo puede ser utilizado para cancelar otras obligaciones impositivas o bien solicitar la devolución según los lineamientos de la Resolución General N° 2224 (DGI).

 

Devolución Percepciones RG 4815 sin presentar la DDJJ de Ganancias ni devolución RG 2224

Sin embargo, en este último mes del 2022, al parecer han quitado en el servicio esta limitación, permitiendo a aquellos contribuyentes que se vieron impedidos durante todo el año de solicitar la devolución por una cuestión sistémica poder hacerlo por este medio.

Esta modificación en el servicio “F. 1746 – Solicitud de Devolución RG 4815” debería ser permanente y permitir a partir del 2023 solicitar a estos contribuyentes la devolución en tiempo y forma igual que al resto.

 

Fuente: Blogdelcontador.com