Desde el 1° de diciembre y hasta el último día del mes de febrero del año próximo, ambos inclusive, se debe cumplimentar en el SISA la Información Productiva 2 “IP2”: informándolo en el “Anexo IP2-Superficie II” (girasol, maíz, soja, sorgo, entre otros), así como las variedades de soja utilizada como semilla.
Incumplimiento
El incumplimiento -total o parcial- del régimen de información dispuesto en el “Módulo Información Productiva” impedirá la registración de los contratos, hasta tanto se subsane el incumplimiento.
Recategorización
La AFIP podrá determinar la recategorización de la calificación en el SISA, en las siguientes situaciones:
- Incumplimiento -total o parcial- de la obligación de informar el módulo “Información Productiva”.
- Falta de correspondencia entre los datos informados y la realidad económica de la actividad desarrollada por el contribuyente, determinada mediante controles objetivos practicados con motivo de verificaciones y/o fiscalizaciones.
Para mas información acceda al micro sitio de la página de AFIP haciendo click en el siguiente link: