La “letra chica” detrás del intercambio de información fiscal con EEUU

El blanqueamiento de activos despierta más interrogantes que certezas. ¿Cuál es el verdadero alcance de este acuerdo impositivo y de la potencial aprobación de la ley de amnistía fiscal?

El Gobierno firmó recientemente un convenio de intercambio de información financiera con Estados Unidos que puede impactar notablemente sobre la situación fiscal de residentes fiscales argentinos. Este convenio permitirá que el fisco local tenga acceso a las cuentas bancarias de argentinos localizadas en Estados Unidos.

Por este motivo, los residentes del país que no hayan declarado fiscalmente sus cuentas ubicadas en Estados Unidos y las rentas que generan, se verán expuestos al riesgo de ajustes impositivos muy significativos. En algunos casos el monto del impuesto que podría determinar equivale a la totalidad del patrimonio que no haya sido declarado como correspondía.

No es el primer acuerdo de este tipo suscrito por Argentina. El país ya había firmado numerosos acuerdos de intercambio automático de información financiera con la mayoría de los países de Europa y Latinoamérica. Estados Unidos era el único país importante con el que Argentina no tenía un acuerdo de intercambio de esta naturaleza.

“Los acuerdos de intercambio de información fiscal fueron una novedad muy significativa en los años 2016 y 2017. Y esto pasó en todo el mundo. A partir de esa fecha las reglas del juego dieron un giro de 180° para quienes ocultaban activos y rentas en países distintos a aquél en el que vivían”, explica Miguel La Vista, tributarista y socio de La Vista Casal.

Como consecuencia de ese cambio de reglas del juego, numerosos países aprobaron leyes de amnistía fiscal para que sus residentes pudieran beneficiarse con un perdón fiscal amplio a cambio del pago de una tasa de blanqueo. Argentina también adhirió a ese flujo de amnistías mediante una ley de blanqueo aprobada en 2016.

¿Cuál es el alcance de este nuevo acuerdo de información fiscal con Estados Unidos?: “Es bastante limitado. Se intercambiará información referida a rentas (intereses y dividendos) generados por activos financieros radicados en Estados Unidos, pero se excluye, por ejemplo, información valiosa como saldos, rentas generadas por acciones y bonos emitidos por empresas radicadas fuera de dicho país o activos a nombre de sociedades radicadas fuera de Argentina cuyos accionistas sean residentes argentinos”, continúa el especialista.

“Estas exclusiones no son menores y podrían dar lugar a que muchos contribuyentes ´no se asusten´ y pretendan continuar sin regularizar la situación de sus rentas y patrimonio en el país del Norte. También podría ser simplemente el primer paso de avance en un proceso de intercambio de información cada vez más amplio que involucre a la totalidad de los patrimonios de argentinos en Estados Unidos, sin importar bajo qué estructura jurídica se hayan organizado”, prosigue.

¿Se viene un nuevo blanqueo?

Este acuerdo podría dar lugar también a una ley de amnistía fiscal, que impulsa el Gobierno, con algunos datos novedosos. En primer lugar no limita el alcance del blanqueo a los activos ubicados en Estados Unidos, sino en cualquier lugar del mundo.

En segundo lugar, la tasa de blanqueo es muy baja, comienza en 2,5% y la tasa máxima del 10%. Contiene una regla de integridad, es decir que para acceder a los beneficios del blanqueo se debe incluir la totalidad del patrimonio que no se hubiera declarado.

También es para destacar la introducción de la figura del informante, que a cambio de información precisa sobre activos sin declarar podría tener derecho a una recompensa económica importante a cargo del gobierno argentino.

“Considero que los blanqueos deberían ser muy restrictivos. La tasa que se propone es ínfima y los beneficios son altísimos. Por un lado no se pagan los impuestos a las ganancias e IVA que hubiera correspondido por el origen de fondos con los que se adquirieron, tampoco el impuesto sobre los bienes personales. Y por si fuera poco excluye de cualquier sanción de orden penal cambiario en el caso de compra de dólares en negro, o el código penal aduanero por operaciones de contrabando. Sólo por nombrar algunas condiciones de irregularidad”, continúa explicando el especialista.

El régimen de intercambio de información entrará a regir este año, y se prevé qué Estados Unidos enviará información a partir de septiembre de 2024, referida al año 2023. “Todos los contribuyentes que tengan activos sin declarar en Estados Unidos deberían estar muy atentos a la aprobación de esta nueva ley de blanqueo, y así también a los impactos que pudieran derivarse por la falta de declaración a término”.

“Desconozco si la situación política actual permitirá al Gobierno lograr los acuerdos con los partidos opositores para aprobar una amnistía de esta naturaleza. Creo que es un acto de irresponsabilidad este tipo de liberalidad a quienes no han cumplido con el debido pago de sus impuestos, que tendría que tratarse con las restricciones y excepcionalidad que el caso merece”, concluye La Vista.

Fuente: Ámbito Financiero