Fideicomisos Régimen de información Identificación de Beneficiario Final.
En el caso de que el fideicomiso del país o del exterior haga oferta pública de sus títulos valores, el sujeto obligado a informar deberá identificar como beneficiario final a la/s persona/s humana/s titular/es o tenedora/s del capital que posea/n -directa o indirectamente-, como mínimo, un 2% de la composición accionaria al 31 de diciembre del año que se informa, o, en su defecto, deberá reportar a aquella/s persona/s humana/s que, por otros medios, ejerza/n el control final, directo o indirecto.
Para acceder a la norma haga clic en el siguiente link