Resolución 138/2023

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

Programa de Incremento Exportador para las Economías Regionales. Requisitos.

Se establecen como requisitos de elegibilidad para los sujetos que se adhieran al PROGRAMA DE INCREMENTO EXPORTADOR para las ECONOMÍAS REGIONALES los siguientes:

  1. Exportar las mercaderías cuyas posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) se consignan en el Anexo.
  2. Haber exportado en algún momento de los 18 meses inmediatos anteriores a la entrada en vigencia del Decreto 194/2023 mercaderías cuyas posiciones arancelarias de la N.C.M. se consignan en el citado Anexo.
  3. Asumir el compromiso de mantener o incrementar durante la vigencia del PROGRAMA DE INCREMENTO EXPORTADOR la cantidad de puestos de trabajo registrados bajo su dependencia, al momento de la entrada en vigencia del Decreto 194/23.
  4. Asumir el compromiso de abastecer el mercado local con las mercaderías consignadas en el mencionado Anexo, debiendo mantener o incrementar los volúmenes de abastecimiento que registrare en los 18 meses anteriores a la vigencia del referido Decreto 194/23.
  5. Cumplir los acuerdos de precios para el mercado local que al respecto establezca la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Vigencia: 17-4-2023

BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA – MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA – Resolución 138/2023