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Resolución General (AFIP) N° 5246/2022 (BO 10/08/2022)

Nuevos requisitos y procedimiento especial para efectuar la opción de reducción de anticipos para ciertos contribuyentes y responsables.

Deberán observar el procedimiento previsto en esta resolución general, a los efectos del ejercicio de la opción de reducción de anticipos, los contribuyentes y responsables que: 1. La proyección de la base para la determinación de los anticipos (impuesto menos conceptos susceptibles de deducción) supere los $ 50.000.000 y, 2. El monto de la estimación que se practique, resulte inferior en más de un 10% respecto de la base de cálculo de los anticipos mencionada en el punto anterior. Deberán presentar la solicitud en “Presentaciones Digitales” – “Solicitud de Reducción de Anticipos Impuesto a las Ganancias – Trámite Especial”, con una antelación mínima de 60 días corridos al vencimiento del último anticipo del período fiscal de la opción.