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RESOLUCIÓN GENERAL (CA) 8/2022  BO: 17/8/2022

Convenio Multilateral: se establece el modo de asignación de ingresos por parte de las entidades financieras que solo presten sus servicios en forma digital

La Comisión Arbitral interpreta que los contribuyentes comprendidos en el régimen de la ley de Entidades Financieras, que desarrollen sus actividades exclusivamente en forma digital a los fines de determinar la parte de ingresos que le corresponda a cada jurisdicción, deberán considerar, como si existiera casa o filial en todas aquellas jurisdicciones en los que tengan clientes usuarios a quienes se les brindan los servicios. enio Multilateral: se establece el modo de asignación de ingresos por parte de las entidades financieras que solo presten sus servicios en forma digital

La Comisión Arbitral interpreta que los contribuyentes comprendidos en el régimen de la ley de Entidades Financieras, que desarrollen sus actividades exclusivamente en forma digital a los fines de determinar la parte de ingresos que le corresponda a cada jurisdicción, deberán considerar, como si existiera casa o filial en todas aquellas jurisdicciones en los que tengan clientes usuarios a quienes se les brindan los servicios. 

ingresos para determinadas operaciones.
Señalamos que las presentes disposiciones serán de aplicación a partir del período fiscal 2023.