Facilidades de pago: Se prorrogan al 31 de enero de 2023 las mejores condiciones en el régimen de facilidades de pago permanente y para el Miniplan.
La AFIP extiende al 31 de enero de 2023 la vigencia transitoria de los mayores beneficios correspondientes a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicable del régimen de facilidades de pago permanente -RG (AFIP) 4268-.
También dispone que hasta la citada fecha no se considerará la categoría del SIPER para las solicitudes de adhesión al Mini plan -RG (AFIP) 4959-. El beneficio mencionado sólo alcanzará a los contribuyentes que estén incluidos en las categorías A, B, C o D del SIPER y no implica prorrogar las fechas de vencimiento oportunamente establecidas.